Plan de Impulso a las Energías Renovables de la Comunidad de Madrid (2011)
El Gobierno de la Comunidad de Madrid, en colaboración con el Ministerio de Industria, Energía y Minas – IDAE, pone en marcha el Plan de Impulso a las Energías Renovables de la Comunidad de Madrid.
Podrán beneficiarse de estas ayudas las Corporaciones locales, así como sus agrupaciones o Mancomunidades, otras entidades públicas, instituciones sin ánimo de lucro, comunidades de propietarios, empresas, así como las personas físicas. La cuantía de las ayudas podría alcanzar, dependiendo del tipo de instalación, hasta un máximo del 40% de la inversión.
Estos incentivos podrán dirigirse a las instalaciones de aprovechamiento de energías renovables, ya sea solar térmica de baja temperatura, solar fotovoltaica aislada, minieólica, biomasa para uso térmico y geotérmia, así como instalaciones mixtas de los tipos anteriores.
La principal novedad del Plan para el Impulso a las Energías Renovables de la Comunidad de Madrid respecto de las ayudas de años anteriores se focaliza en el hecho de la simplificación administrativa de la tramitación de las mismas. Así, los proyectos se irán atendiendo por orden presentación de sus solicitudes, una vez han finalizado las instalaciones, agilizando enormemente el tiempo en el cual los ciudadanos obtienen las ayudas.
La cuantía de los incentivos del Plan para el Impulso a las Energías Renovables de la Comunidad de Madrid es la siguiente:
a) Solar térmica de baja temperatura:
o Aplicaciones de refrigeración: 350 €/m2 de superficie útil de captación (suma de las superficies de apertura de los captadores).
o Resto de aplicaciones:
• Instalaciones con captadores solares planos en sectores no industriales: 225 €/m2 de superficie útil de captación.
• Instalaciones con captadores solares planos en el sector industrial e instalaciones con tubos de vacío: 250 €/m2 de superficie útil de captación.
o Las ayudas tendrán un límite máximo del 37% de los costes elegibles.
b) Energía solar fotovoltaica aislada o mixta fotovoltaica-eólica:
o En instalaciones hasta 5 kWp el incentivo será:
• Fotovoltaica con acumulación: 2,5 €/Wp
• Fotovoltaica sin acumulación: 2 €/Wp
• Eólica: 1 €/W
o En instalaciones de mayor potencia:
• Fotovoltaica con acumulación: 2 €/Wp
• Fotovoltaica sin acumulación: 1,6 €/Wp
• Eólica: 1 €/W
o Las ayudas tendrán un límite máximo del 40% de los costes elegibles.
c) Biomasa:
o Con carácter general, 75 €/kW.
o Las ayudas tendrán un límite máximo del 30% de los costes elegibles.
d) Energía geotérmica de baja temperatura:
o Instalaciones en circuito abierto: 150 €/kW.
o Instalaciones en circuito cerrado con intercambio enterrado horizontal: 330 €/kW
o Instalaciones en circuito cerrado con intercambio vertical con sondeos: 420 €/kW
o Instalaciones de redes de distrito geotérmicas: 450 €/kW
o Las ayudas tendrán un límite máximo del 30% de los costes elegibles.