Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid (2017)
El Plan Renove de Ascensores nace con el fin de impulsar la modificación/sustitución de los sistemas tractores y/o modificación/sustitución de las instalaciones de iluminación de los ascensores existentes por otros equipos con mayores niveles de eficiencia energética a través de la sustitución del sistema de iluminación de la cabina del ascensor por otro tipo led, que incorpore además un sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina, o de la instalación de un sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina cuando la instalación de iluminación en cabina sea ya de tipo led.
Además, mediante el Plan Renove de Ascensores se promoverá la implantación en los ascensores de sistemas que no son obligatorios de acuerdo con la reglamentación vigente pero que permiten incrementar la seguridad en la utilización de los mismos y prevenir accidentes.
¿Qué se subvenciona?
1. La sustitución del sistema de tracción con reductor por un conjunto Variador-Máquina Gearless, siempre que en el ascensor se instale o cuente con pesacargas y barrera fotoeléctrica (esta última sólo exigible en el caso de ascensores dotados de puertas de piso de accionamiento automático) y que suponga una mayor eficiencia energética respecto al existente. Se incluyen en este apartado, además, los sistemas de control de optimización de llamadas.
2. La sustitución del sistema de iluminación de la cabina del ascensor por otro tipo led, que incorpore además un sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina, o de la instalación de un sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina cuando la instalación de iluminación en cabina sea ya de tipo led (el sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina deberá garantizar el funcionamiento del sistema de iluminación de la cabina del ascensor con carácter previo al uso del aparato y durante todo el servicio o funcionamiento del mismo). Esta actuación requerirá que en el ascensor se instale o cuente con pesacargas y barrera fotoeléctrica (esta última sólo exigible en el caso de ascensores dotados de puertas de piso de accionamiento automático).
3. La instalación de pesacargas en ascensores anteriores al 01/07/99.
4. La instalación de barrera fotoeléctrica para ascensores dotados de puertas de piso de accionamiento automático.
¿Cuáles son las cuantías de las ayudas?
La cuantía de las ayudas que podrán recibir los titulares de los ascensores que realicen la reforma cumpliendo los requisitos establecidos ascenderá a:
1. Sistema de apagado automático de la iluminación o de atenuación de cabina: 100 € por ascensor.
2. Sistema tractor Gearless más variador del ascensor con/sin sistemas de control de optimización de llamadas: 2.100 € por ascensor.
3. Instalación de pesacargas: 250 € por ascensor.
4. Instalación de barrera fotoeléctrica: 250 € por ascensor.
Salvo que se supere el 25% de la inversión subvencionable, en cuyo caso la cuantía de la ayuda será el 25% de la inversión subvencionable.
¿Cuál es el periodo de realización de la inversión subvencionable?
El periodo de ejecución en que las actuaciones se consideran como subvencionables será el comprendido entre el 20 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2018, o en su caso hasta que finalice el periodo de prórroga (EL PERIODO DE PRÓRROGA FINALIZA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019).
Se entenderá por actuaciones subvencionables aquellas cuyo presupuesto, factura y justificante bancario estén incluidas en el periodo indicado.
¿Quién puede hacer las actuaciones en los ascensores?
Las actuaciones a realizar en los ascensores existentes deberán llevarse a cabo por las empresas registradas como conservadoras en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 20 de abril de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga, siempre que exista crédito disponible (EL PERIODO DE PRÓRROGA FINALIZA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019).
¿Quién tramita las solicitudes?
Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar el crédito disponible. Las solicitudes de ayuda se canalizarán necesariamente a través de los conservadores adheridos al Plan Renove de Ascensores.
Se puede consultar toda la información sobre estas ayudas en la web: www.cambiatuascensor.com. Para cualquier consulta puede ponerse en contacto a través del correo electrónico: cambiatuascensor@fenercom.com.