Plan Renove de Lana Mineral Insuflada en Viviendas de la Comunidad de Madrid (2015)
El Plan Renove de Lana Mineral Insuflada está destinado a las rehabilitaciones de las fachadas de viviendas individuales en bloque o viviendas unifamiliares en la Comunidad de Madrid, mediante insuflado de lana mineral.
Requisitos
Se considerarán como actuaciones susceptibles de obtener incentivo las rehabilitaciones de las fachadas de viviendas individuales en bloque o viviendas unifamiliares en la Comunidad de Madrid, mediante insuflado de lana mineral, que cumplan los siguientes requisitos:
- La rehabilitación se llevará a cabo en cerramientos verticales de doble hoja con cámara de aire de al menos 4 cm de espesor mediante insuflado de lana mineral (lana de vidrio o lana de roca) desde el interior o desde el exterior del cerramiento cumpliendo con la exigencia básica de limitación de la demanda energética HE1, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
- La lana mineral a insuflar deberá tener una clasificación al fuego Euroclase A1, y deberá contar con el certificado Euceb.
- Se deberá realizar una inspección técnica previa al insuflado según la guía de instalación para determinar el estado de la cámara.
- El insuflado de lana mineral se realizará de acuerdo a la guía técnica proporcionada por el fabricante de Lana Mineral.
- La maquinaria a utilizar para el insuflado de Lana Mineral (máquina y accesorios de verificación antes y después del insuflado) se adecuará a lo establecido en la guía técnica del fabricante.
- En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra del producto sin instalación; dicha instalación se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove que realice el insuflado.
Dotación y vigencia
El Plan Renove de Lana Mineral Insuflada en Viviendas de la Comunidad de Madrid está dotado con un presupuesto de 415.000 €; podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2015 hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles, con el límite del 30 de diciembre de 2015. En este sentido, se considerará como fecha de realización de la actuación la que figure en la factura emitida por la Empresa instaladora Adherida al solicitante del incentivo.