Plan Renove de Vehículos con AUTOGAS de la Comunidad de Madrid (2016)
El objeto de este Plan Renove es la reducción de la contaminación atmosférica, la diversificación del abastecimiento de energía para el sector transporte y mejorar el conocimiento del público general sobre las ventajas del AUTOGAS.
La reforma de un vehículo que cumpla los requisitos descritos seguidamente dará lugar al abono de un incentivo cuya cuantía ascenderá a 200 €, no pudiendo superar dicho incentivo el 25% del coste elegible (IVA no incluido):
- Con carácter general, sólo podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este Plan Renove las personas físicas o jurídicas que siendo los titulares del vehículo reformado, sean además quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la reforma.
- El pago del último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del vehículo reformado debe haberse abonado al Ayuntamiento de algún municipio situado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Los kits de autogas GLP legalizados bajo conjuntos funcionales instalados deberán disponer de la certificación COP (Conformidad de la Producción) otorgada por la Unidad de Certificación del Automóvil (en adelante UCA), designada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para la realización de evaluaciones iniciales, conformidad de la producción y verificación continua para la homologación de vehículos a motor y sus componentes.
- En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra del kit de autogas GLP sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por el Taller Adherido al Plan Renove que realice la reforma.
- Sólo se podrán acoger al Plan Renove las reformas en las que se instalen kits de autogas GLP legalizados bajo conjuntos funcionales de los fabricantes o distribuidores que tengan la condición de Empresa Fabricante o Distribuidor de Kits Autogas Adherida al Plan Renove, y que estén dadas de alta en el registro de fabricantes y firmas autorizadas según Real Decreto 750/2010 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
- Podrán acogerse al Plan Renove las instalaciones que se realicen desde el 9 de septiembre de 2016 y hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles, con el límite del 31 de diciembre de 2016. A estos efectos, tanto las facturas como los justificantes de pago deben estar comprendidos entre el 9 de septiembre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.